DEFENSA DE LOS INTERESES COMUNES
- Asumir la representación, gestión y promoción de los legítimos intereses profesionales y empresariales comunes de las Agencias de Viajes integradas en la misma.
- Prestigiar la imagen de las actividades y de la profesión en general de las Agencias de Viajes.
- Estimular y encauzar la cohesión y solidaridad de sus miembros, a través de los actos y acciones que resulten convenientes para dichos fines.
- Representar a sus afiliados ante toda clase de organismos y entidades públicas o privadas, tanto españolas como extranjeras.
- Gestionar y mantener las relaciones de carácter colectivo con las Empresas de Transporte, Alojamiento y demás proveedores de Servicios Turísticos.
- Perseguir y denunciar ante la Administración, o ante los organismos jurisdiccionales competentes, las actividades contrarias a la ética profesional de cualquier Agencia de Viajes, que puedan llegar a conocimiento de AEDAVE, y los actos de intrusismo sancionables legalmente.
- Colaborar en la consecución, en unión de otros sectores turísticos, de todos los objetivos interesantes o convenientes para el Turismo español.
GARANTÍA PROFESIONAL
Ha sido idea fundamental para la creación de AEDAVE el ofrecer un sello de garantía y seriedad profesional, tanto frente a la Administración, como respecto de terceros en general, y muy especialmente, de los clientes de sus socios.
Para ello, la Asamblea General de AEDAVE aprobó, con fecha 2 de julio de 1980, un CODIGO DE CONDUCTA PROFESIONAL, cuyos preceptos constituyen normas de obligado cumplimiento para los socios de AEDAVE, y que, en líneas generales, regulan tanto la propia actividad de las Agencias miembros, como las relaciones entre ellas mismas y frente a terceros, disponiendo asimismo de un sistema de arbitraje para dirimir las posibles controversias entre los afiliados. Se pretende con ello, insistimos, ofrecer al mercado turístico una actividad profesional adecuada, de manera que la imagen de Agencia AEDAVE constituya una garantía de respetabilidad y seriedad comercial.
Y, como lógica consecuencia, parece obligado informar a la opinión publica de lo que significa, en la actividad de Viajes, utilizar o contratar servicios con una Agencia AEDAVE.
SERVICIO A LOS SOCIOS
- Información sobre todos los temas que puedan estar relacionados con las actividades profesionales de sus socios y con la mejora de la eficacia empresarial.
- Asesoramiento jurídico de carácter sectorial y, muy especialmente, administrativo, fiscal y laboral.
- Tramitaciones y gestiones administrativas, una vez aprobadas con carácter general por el Consejo.
- Control e Información sobre morosos, previo servicio de cobro de deudas.
- Intervención en las controversias entre socios, a petición de ellos mismos.
- Servicios varios de interés común, tales como utilización de seguros conjuntos y de productos de mejor aprovechamiento, si se unifican varios sujetos, y muy concretamente:
- Seguro conjunto de responsabilidad civil de explotación, subsidiaria y de daños patrimoniales primarios.
- Oferta de seguros de fallecimiento por accidente.
- Seguro de accidentes para el personal de las Agencias, en cumplimiento del Convenio Laboral.
- Seguro de riesgos varios, incendio, robo, etc.
- Correo Electrónico de AEDAVE.
- Acuerdos especiales con corresponsales en el extranjero.
- Presentación de las garantías reglamentarias ante la Administración Turística.
- Acuerdos con entidades financieras.
- Acuerdos especiales entre los Mayoristas y los Minoristas de AEDAVE.








